En virtud de lo antes expuesto, este Juzgador en NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: Homologa el presente convenimiento, le da el carácter de cosa Juzgada y declara terminado el presente juicio, que por OBLIGACION ALIMENTARIA, sigue DEOMARIS KATERINE AMESTY REVEROL contra el ciudadano LEONARDO JOSÉ ORTEGA PEÑA, a favor del menor LEONARDO ENRIQUE ORTEGA AMESTY, se ordena oficiar al Banco Banfoandes para aperturar una cuenta de ahorro a nombre de este Juzgado a beneficio del menor y autorizando a la madre para su movilización, asimismo se acuerda oficiar al ciudadano Joel Sánchez, Propietario de la carpintería y Mueblería La Estrella a fin de Notificarlo del presente convenimiento, en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada y ordena se tenga como sentencia firme. ASI SE DECIDE.-
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del juzgado del Municipio Colón y Francisco Javier pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Sa.....