Condena a Francisco Moreno Orta, suficientemente identificado, a cumplir la pena de ocho (08) años de prisión, más las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la modalidad de ocultamiento, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO: Condena a Ivys Figueroa e Iván Dellán Mata, ambos plenamente identificados, a cumplir la pena de dos (02) años y ocho (08) meses de prisión, más las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la modalidad de ocultamiento, en grado de complicidad, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en relación con el artícu.....