IV
DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Décimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículo 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara: INEXISTENTE en cuanto a Derecho se refiere la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento presentada por el abogado en ejercicio IVAN JOSUE RODRIGUEZLUZARDO, apoderado judicial de los ciudadanos RAFAEL ENRIQUE ROJAS PETIT y LUZKEILY ANDREINA TORRES CHIRINOS.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve.
Déjese por Secretaría copia certificada de este fallo conforme al artículo 248 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, a los fine.....