IV.-DISPOSITIVO:
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Desafecto, formulada por PABLO EMILIO GIL BARLIZA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-13.401.553, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia contra la ciudadana MERLYN LEONOR HERNANDEZ UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° V-15.061.322, de igual domicilio, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha treinta (30) de noviembre de 1998, por ante el Registrador Civil de la Parroquia Cecilio Acosta del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal y como se ev.....