Por todos los razonamientos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la INADMISIBILIDAD de la presente demanda por INCUMPLIMIENTO intentada por los ciudadanos YOLIBER DEL VALLE y LEONIDAS ALFONSO BERMÚDEZ GUATARAMA, venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-13.863.206, y V-14.493.785, domiciliados en la Parroquia Rafael María Baralt, Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, asistidos por el abogado en ejercicio ATILIO GUTIÉRREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 20.518, en contra de los ciudadanos LAURA GONZÁLEZ, ALFONSO JUNIOR BERMÚDEZ GONZÁLEZ, ALFONSO BERMÚDEZ TORRES y DANIEL ALFONSO BERMÚDEZ GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-7.733.209, V-21.429.300, V-8.698.152 y V-25.884.466, domiciliad.....