uzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, asumido como fue el conocimiento pleno de la presente causa, en virtud de la CONSULTA LEGAL OBLIGATORIA con referencia al recurso de apelación ejercido por la parte codemandada; declara: 1) COMO QUIERA QUE EN LA PRESENTE CAUSA, una de las partes codemandadas es la EMPRESA SOCIALISTA GANADERA AGROECOLOGICA "MARISELA" S.A., y al ser su capital accionario total del estado venezolano, le son aplicables los privilegios y prerrogativas procesales de que goza la República, por lo que se asume la presente causa por CONSULTA LEGAL OBLIGATORIA con referencia al recurso de apelación interpuesto por la parte co-demandada up supra mencionada. 2) CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho MARIA VILCHEZ OLIVARES, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte co-demanda