DISPOSITIVO
En virtud de las consideraciones precedentes y por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin Lugar la acción de cobro de prestaciones sociales, interpuesta por la Ciudadana REGLIMAR LEÓN contra las Empresa MOUSSE EL NEOESPARTANO PROALMAR C.A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el articulo 64 de al Ley Orgánica Procesal del Trabajo.