En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, de acuerdo a lo establecido en las precitadas sentencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, este Tribunal de Primera Instancia Primero de Juicio de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
Primero: Declara SIN LUGAR la solicitud efectuada por la Defensora Público Nº 06 SOLANGEL BORJAS, relativa a que se decrete el cese de la medida de prisión preventiva que pesa en contra de su defendido (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA), a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO EN CALIDAD DE AUTOR, cometido en perjuicio del ciudadano que en vida respondiera al nombre de DEIVIS JOSE MOLINA CAMARGO, pues ello .....