OBLIGACION DE MANUTENCION: " El ciudadano Alido González se compromete a pasar la cantidad de Doscientos Cincuenta Bolívares (Bs.250,oo) Quincenales, lo que es igual a Quinientos Bolívares (500,oo) mensuales, el padre se compromete de igual manera en pasar el 50% de los Gastos Médicos y estudiantiles y un bono de fin de año de Mil Bolívares (Bs. 1.000,oo) como monto mínimo." En tal virtud, esta Jueza del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, admite la misma por no ser contraria al orden público, a la moral pública o a alguna disposición expresa del ordenamiento jurídico y tomando en cuenta la premisa fundamental de la Doctrina de Protección Integral, cual es el Interés Superior del Niño consagrado en el Artículo 3, numeral 1° y 2° de la Convención de los Derechos del Niño, así como, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 78, .....