Con fundamento en las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MACHIQUES DE PERIJÁ Y ROSARIO DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en MACHIQUES, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley DECLARA:
¿ Consumado el acto procesal del DESISTIMIENTO, hecho por el demandante en este juicio por COBRO DE BOLÍVARES POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN, seguido por el ciudadano JULIO CASTRO POLO en contra del ciudadano RAFAEL REYES, consecuencia revisados todos los extremos legales, SE DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO HECHO EN ESTE JUICIO, en consecuencia pasado en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitiva.
¿ Se ordena expedir copia fotostática certificada de los documentos que corren del folio cuatro (04) al folio Siete (07), consignese en el expediente dicha certificación y devuélvanse los originales al actor.
¿ Se ordena el archivo del.....