PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda de EJECUCION DE HIPOTECA, incoada por el ciudadano GIUSEPPE BAZZANELLA en contra de los ciudadanos MARIA TERESA POMOLI MUÑECAS, GUSTAVO EDUARDO MAESO LANDO Y EL RESTAURANT SAN DOMENICO, C.A, todos plenamente identificados en autos, en consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 165.000.000,00) equivalentes según la Ley de Reconversión Monetaria vigente a partir del 1 de enero del año que transcurre, a la cantidad de Ciento Sesenta y Cinco Mil bolívares fuertes (Bs. F. 165.000,00) mas los intereses legales generados a la rata del tres por ciento (3%) anual, los cuales se ordenan sean calculados desde la fecha del vencimiento de la obligación contraída, esto es, a partir del vencimiento de la segunda letra de cambio el día 28.08.05 hasta el día 10.01.06, fecha de admisión de la demanda.
SEGUNDO: Para la determinación de dicho monto se ordena realizar expert.....