Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos invocados en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
LA HOMOLOGACIÓN del desistimiento del procedimiento efectuado por la profesional del derecho, ciudadana HAYMED ANTUNEZ, inscrita en el Inpre-Abogado bajo el Nº 47.846, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana CLARET FERREIRA DE FREITAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.814.961, dándole el carácter de cosa juzgada, se dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente, previa devolución de los originales que riela a los folios que van del cinco (5) al folio treinta y tres (33) ambos inclusive,