Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La HOMOLOGACIÓN de la transacción judicial celebrada en el juicio que COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES han incoado el ciudadano LOWIS ZAMBRANO contra la sociedad mercantil CONSTRUCTORA CARDOZO VILLASMIL C.A. (CONSCARVI, C.A.).
SEGUNDO: se ordenar el archivo del expediente y su remisión al archivo judicial para su custodia y cuido hasta tanto conste el cobro de los efectos cambiarios como pago definitivo de la obligación.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Se deja constancia que la parte actora estuvo representado judicialmente por el profesional del Derecho J.....