DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, otorga de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal a favor del ciudadano JOSÉ GREGORIO PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº N° 22.188.021, la medida de prelibertad de REGIMEN ABIERTO quedando sometido a las condiciones descritas en la parte motiva de la presente decisión.
Regístrese y remítase con oficio al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara, al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental y al Director del Centro de Tratamiento Comunitario del Estado Lara, remitiendo anexo copia de la presente decisión. Notifíquese a las partes. Líbrese Bolet.....