Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JESÚS JOSÉ BRUZUAL, a los ciudadanos MORELBA BEATRIZ BRUZUAL LEAL, JESÚS JOSÉ BRUZUAL LEAL, ENDER ENRIQUE BRUZUAL LEAL y SULAY COROMOTO BRUZUAL LEAL y JESÚS ALEXIS BRUZUAL MARVAL, plenamente identificado en actas, en su carácter de hijos legítimos del de cujus y a los ciudadanos CECILIA MORILLO BRUZUAL y ANDRÉS DAVID MORILLO BRUZUAL, antes identificados, como nietos del mismo, por ser los Únicos y Universales Herederos de la ciudadana RAQUEL ROSARIO BRUZUAL LEAL, hoy difunta, también hija del de cujus. Se dejan a salvo los derechos de terceros.