Por los fundamentos expuestos, este Juzgado del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos NEIDA MARGARITA LEAL DE TORREALBA y RAFAEL ENRIQUE TORREALBA ROSARIO en fecha Veintiocho (28) de Julio de Mil Novecientos Setenta y Dos (1972), por ante el Prefecto y Secretaria del Municipio Libertador, Distrito Baralt, Estado Zulia, hoy en día Jefatura Civil de la Parroquia Libertador del Municipio Baralt del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 40, acompañada a los autos en copia certificada.