Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ORLANDO ALFONSO VILLALOBOS MEDRANO, al ciudadano CARLOS ALBERTO VILLALOBOS DELGADO, antes identificado, en su condición de hijo del de cujus, y a la ciudadana ELDA MARGARITA DELGADO DE VILLALOBOS, en su condición cónyuge del de cujus, anteriormente identificada. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
Se ordena devolver las presentes actuaciones en original y expedir las copias certificadas solicitadas.
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE.-