Por los fundamentos expuestos y con base en los hechos establecidos y los elementos de prueba presentados, debatidos y examinados durante el debate oral y público, Por Los Fundamentos antes expuestos este JUZGADO CUARTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA ACTUANDO DE MANERA UNIPERSONAL, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: Declara al acusado YORGI JOSÉ VILCHEZ MORAN, Venezolano de Maracaibo estado Zulia, Soltero, Pescador, titular de la Cedula de Identidad Nro 15.193.374,hijo de Edilia Moran y Danny Vilchez residenciado en la Isla Zapara Parroquia Monagas Municipio Insular Almirante Padilla-Estado Zulia, actualmente recluidos en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, INCULPABLE, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en los artículos 406 ordinal 1º del Código Penal en concordancia con el ordinal 3.....