DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: De oficio la NULIDAD de la decisión N° 205-05, dictada en fecha 20-05-2005, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se acordó a la penada OLGA MARGARITA GONZÁLEZ VILLALOBOS, la forma de cumplimiento de pena bajo el régimen de Destacamento de Trabajo, así como la de los actos consecutivos que del mismo dependan, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 174,190, 195, 196 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.