Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL CÓMPUTOS DE LEY, relacionado con el Penado CHESTER ELY MONTERO ESPINA, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 29 años de edad, de Estado Civil Soltero, de Profesión u Oficio Comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-10.919.533, hijo de Ricardo Montero y de Lismila Espina de Montero, y residenciado en la Urbanización San Francisco, Sector 8, Avenida 35, Casa N° 05, diagonal a la Línea de Taxis La Hora, Jurisdicción del Municipio San Francisco del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en los artículos 64, 479, 482 y 484, todos del Código Orgánico Procesal Penal.