ORDENA:
1°) Poner en estado de ejecución forzosa la sentencia de fecha veintiséis (26) de Enero de 2012, en beneficio de la adolescente de autos.
2°) DECRETA MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO sobre: los porcentajes que se fijaron en la sentencia de fecha veintiséis (26) de Enero de 2012, así como sobre la cantidad equivalente a Seis Mil Setecientos Dieciocho Bolívares con veintiocho céntimos (Bs.6718, 28), la cual adeuda por concepto de pensiones atrasadas.
En este sentido, es indispensable aclarar que los cálculos presentados a continuación, son producto de una revisión exhaustiva de las cantidades adeudadas por el prenombrado ciudadano, las cuales se describieron en la parte motiva de esta decisión. Así las cosas, tomando en cuenta que la deuda del ciudadano ORLY VILORIA CUBILLAN, por concepto de obligación de manutención, en beneficio de la adolescente de autos, correspondiente al período Enero-Junio del año 2012, es equivalente a Bs. 6.718,28, este Tribunal debe decretar Med.....