DECIDE: PRIMERO: Condenar al ciudadano NESTOR LUIS BERMUDEZ BRAVO, de nacionalidad titular de la cédula de identidad N° 18.694.167, a cumplir la pena de definitiva de Cinco (05) años y Dos (02) meses de prisión, por ser autor y responsable de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la UNIDAD EDUCATIVA ALEJANDRO PROSPERO REVERAND y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad en lo establecido en los artículos 330 ordinales 6º y 9º, 365, 367 y 376 de la Ley Penal Adjetiva, más las accesorias legales previstas en el artículo 16 del Código Penal Venezolano. El Tribunal se acoge al lapso establecido en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, para redacción y publicación del texto integro de la sentencia. Líbrese la correspondiente boleta de Excarcelación. Expídase las copias solicitadas por l.....