Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nom bre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN POR PENA PRINCIPAL CUMPLIDA, a favor del penado JUNIOR ANTONIO LUIS LINARES, titular de la cédula de identidad N° 15.944.780, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, hijo de Francisco Ruiz y María Ismelda Linares, residenciado actualmente en la Calle El Paramito, Población Monte Carmelo, Municipio Monte Carmelo del estado Trujillo, en la causa seguida en su contra por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el Artículo 407 del Código Penal, cometido en perjuicio del hoy occiso CARLOS NEGRETTE VILLASMIL, quien actualmente goza de la Conmutación del resto de la pena en Confinamiento, conforme a lo establecido en el Ordinal 1° del Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 20 y 53 del Código P.....