Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ARTURO JOSÉ SUÁREZ contra el ciudadano JORGE ALTAMAR por COBRO DE BOLÍVARES; en consecuencia:
a) Se condena a la parte demandada, ciudadano JORGE ALTAMAR, a pagar la cantidad de DOS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS DE BOLÍVAR (Bs. 2.835.000,00).
b) No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.