En consecuencia, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valmore Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, CONSIDERA SUFICIENTES LOS RECAUDOS PRESENTADOS PARA DECLARAR a los ciudadanos MARITZA MERCEDES SALAZAR DE BUSTOS, JOSE ANTONIO BUSTOS SALAZAR y HAYARY DEL CARMEN BUSTOS DE VENTURA, mayores de edad, titulares de Cédulas de Identidad V-2.112.156, V-13.976.652 y V-12.172.712, respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL CAUSANTE PEDRO PABLO BUSTOS SALAS, quedando a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con el artículo ut supra transcrito; y así se decide.
Devuélvanse estas actuaciones en original y déjese copias certificadas de las mismas para su debido archivo.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese y regístrese la presente resolución.
Déjese copia certificada de esta sentencia por Secretaría, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Có.....