Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación con competencia en Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el principio del interés superior del niño establecido en los artículos 8 de la LOPNNA y 78 de la CNRBV, respectivamente; actuando por facultad que le confiere los artículos 177, parágrafo primero, literal "h", 126, literal "i", 128, 129 y 394 todos de la LOPNNA; con la finalidad de asegurarle a la niña de autos el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías; resuelve:
a) MODIFICAR la Medida de Protección de Abrigo dictada por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Municipio Miranda del Estado Zulia, en el hogar de los ciudadanos HENRY WILLIAM MOLERO BRACHO y AYARI DEL CARMEN PACHECO ORTEGA,.....