Por los fundamentos antes expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, OTORGA LA LIBERTAD PLENA, a favor del penado ANGEL SEGUNDO GUANIPA, titular de la cedula de identidad No. 5.799.868, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, de profesión u ocupación Encargado de una Finca, de estado civil Soltero, de 54 años de edad, fecha de nacimiento 17-08-52, hijo de RAMON GUANIPA (D) y de CLARA GARCÍA (D), residenciado en el Sector el Níspero, Granja MIraflores, después de la Universidad Bolivariana, cerca del Abasto el Dividive y/o Barrio el Cardonal Norte, avenida 91, con calle 30 casa No. 33-121 del Estado Zulia del Estado Zulia, en la causa seguida por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio del ORDEN PUBLICO, de conformidad con el Artículo 497 del Código O.....