En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos ANABEL JOSE RAMOS RIVAS Y ANGEL GERONIMO ROJAS, ya identificados, con fundamento en el artículo 185 "A" del Código Civil.
SEGUNDO: DISUELTO, el vinculo Matrimonial que los unía, contraído por ellos en fecha 27 de Septiembre de 1995, por ante la Autoridad Civil, Municipio García del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, según consta de Acta N° 104; todo conforme con lo previsto en el artículo 185- "A" del Código Civil.-