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Decisiones del dia 23/04/2018

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : OP02-V-2017-000209 N° Sentencia : PJ0362018000132 Fecha: 23/04/2018
Procedimiento:
Fijación De La Obligación De Manutención
Partes:
MARLIN FERNANDEZ INDRIAGO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NÚMERO V.- 19.116.669, Y JOSE GABRIEL SALAZAR DOMINGUEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NÚMERO V.- 14.660.041
Resumen:
"en tal virtud este Despacho Judicial conforme al segundo aparte del articulo 470 de la citada Ley Especial, imparte su aprobación, en consecuencia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el ACUERDO PARCIAL suscrito entre los mencionados ciudadanos, teniéndose como asunto pasado, con autoridad de cosa juzgada, el cual quedo establecido de la siguiente manera: El padre aportará como obligación de manutención artículos de primera necesidad, tales como pasta, arroz, harina pan, pescado, huevos, carne, pollo, y proteína en general, como panes, frutas. Aunado a ello, al dar inicio a las actividades escolares, será menester que comparta con la madre los gastos propios de la escolaridad. Es todo. Se ordena entregar las copias certificadas a los interesados, siendo que respecto de la totalidad de los gastos inherentes a la manutención, el procedimiento continua su curso." "
Juez/Ponente:
Carmen Milano Vasquez
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
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N° Expediente : OH04-V-2017-000211 N° Sentencia : PJ0362018000133 Fecha: 23/04/2018
Procedimiento:
Fijacion Regimen Convivencia Familiar
Partes:
JOSE GABRIEL SALAZAR DOMINGUEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NÚMERO V.- 14.660.041, Y MARLIN FERNANDEZ INDRIAGO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NÚMERO V.- 19.116.669
Resumen:
"en tal virtud este Despacho Judicial conforme al segundo aparte del articulo 470 de la citada Ley Especial, imparte su aprobación, en consecuencia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo suscrito entre los mencionados ciudadanos, teniéndose como asunto pasado, con autoridad de cosa juzgada, el cual quedo establecido de la siguiente manera: La convivencia familiar queda establecida de forma abierta, con fines de semana alternos como mínimo, desde la mañana hasta la tarde, en un horario apropiado para la niña; de igual modo días hábiles de semana, en horas de la tarde, y conforme a los horarios de trabajo de los padres, oportunidades en las que establecerán comunicación previamente a los fines de materializar la convivencia, sin pernocta mientras las niña se acostumbra a periodos mas largos con el padre."
Juez/Ponente:
Carmen Milano Vasquez
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
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