Este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 05 de diciembre de 2013, por el abogado ALEJANDRO MACHÍN, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadanos RANDOLPH PÉREZ NEGRON y LILIANA ASPIRINO DE PÉREZ, todos identificados.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 03 de diciembre de 2013, que declaró SIN LUGAR la demanda que por cumplimiento de contrato intentaron los ciudadanos RANDOLPH PÉREZ NEGRON y LILIANA ASPIRINO DE PÉREZ, en contra de la sociedad mercantil FERROSTAAL PROCON DE VENEZUELA, C.A., todos identificados.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandante,.....