este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 12 de este Circuito Judicial Penal extensión Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal declara:
PRIMERO: La culpabilidad del ciudadano ANTONIO PASCUAL RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad nº v ¿ 12.944.064, fecha de nacimiento: 06-12-1974, edad: 34 años, lugar de nacimiento: Carora, Estado Lara; profesión u oficio: Custodio Penitenciario, Grado de Instrucción: Bachiller en Ciencias, Residenciado en: Barrio La Greda calle 19, casa nº 6-1, detrás de la Escuela Priscila Véliz, Carora, Municipio Torres, Estado Lara, Teléfono: 0416-122 62 48; por la comisión de los delitos de DETENTACION DE ARMA DE FUEGO Y AMENAZA, éste último cometido contra el ciudadano Argenis Jesús Rojas Campos, previstos y sancionados en los artículos 277 y 175, respectivamente del Código Penal, s.....