Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
INADMISIBLE la presente solicitud de DIVORCIO 185-A, presentada por los ciudadanos MARÍA FERNANDA GALLO BENÍTEZ y JEFFERSON RINCÓN CORREA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-17.663.966 y V-14.984.828 respectivamente, y domiciliados en el municipio Lagunillas del estado Zulia, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio MERVIN DE JESÚS SIRIT, inscrito en el Inpreabogado con el número 195.986; y en consecuencia se ordena la impresión del escrito de solicitud presentado vía correo electrónicoal Tr.....