declara:
• CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por el ciudadano RAUL DAVID LUZARDO PAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.353.895, domiciliado en el municipio Miranda del estado Zulia, asistido por la Abogada en Ejercicio ANGELA MARTINA BUTRON, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 56.800, en contra de la ciudadana EGLI ANTONIA CHACIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.730.371, domiciliada en el municipio Miranda del estado Zulia, y en relación con los niños y/o adolescentes (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA), de 16, 15, 12 y 7 años de edad, conforme a lo establecido en el ordinal segundo del artículo 185 del Código Civil, referida al abandono voluntario, en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos antes mencionados por ante el Alcalde y Secretario del Concejo Municipal del municipio Miranda del estado Zulia, tal como se evidencia en copia certificada d.....