PRIMERO: SIN LUGAR la recusación propuesta por la ciudadana EGLE GREGORIA SEVILLANA LANDAEZ en contra de la Dra. ROSARIO ALFONZO GONZÁLEZ, en su condición de Jueza Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Maneiro, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en la comisión librada en fecha 5.2.2010 en el juicio que por INTERDICTO RESTITUTORIO sigue CORAL CARIBE INVERSIONES, C.A contra EGLE GREGORIA SEVILLANO LANDAEZ (Exp. N° 10.967-10 nomenclatura de este Tribunal).
SEGUNDO: Se dispone que la mencionada Jueza debe seguir conociendo de dicho asunto y por lo tanto cumpla con la comisión que le fue conferida por este Juzgado en fecha 5.2.2010 por no haber causa que se lo impida.
TERCERO: Expídase copia certificada de esta sentencia y remítase con oficio al Juez recusado, así mismo remítase el presente expediente en original al Juzgado que actualmente este conociendo la causa principal a los efectos de que sea agreg.....