Este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara: CON LUGAR el DIVORCIOPOR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos THAIRY COROMOTO HERRERA DE SALCEDO y JOSE GREGORIO SALCEDO venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos. 7.893.140 y 7.601.771 respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo Estado Zulia, fundamentado por este tribunal en el supuesto del mutuo consentimiento establecido en la sentencia No.693, de fecha dos (02) de junio de 2015, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en consecuencia, se declara disuelto el vínculo de Matrimonio Civil que ellos contrajeron en fech.....