PRIMERO: Perimida la Instancia en la solicitud incoada por los ciudadanos LIOMAR JOSE ALFONSO CEDEÑO y DURBIN VERONICA PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la s Cédulas de Identidad Nros V- 14.543.914 y V- 13.670.041, respectivamente, Cónyuges entre si, de este domicilio, asistida por la Abogada en ejercicios ciudadana GLENDA MENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 155.241, y de este domicilio, por SEPARACION DE CUERPOS.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo.-
TERCERO: Asimismo se dispone que a los fines de mantener incólume el derecho de la Defensa, se ordena la notificación de las partes de esta decisión de conformidad con el Artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.-
CUARTO: Archívese el presente Expediente en su debida oportunidad.-