Por los fundamentos expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara:
PRIMERO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JESUS ALFONSO GUERRA LEON, a la ciudadana ALIRIA MARGARITA RINCON DE GUERRA en su condición de cónyuge, y los ciudadanos, YOLY DEL CARMEN GUERRA RINCON, LEIDA JOSEFINA GUERRA RINCON, MIRIAM RAMONA GUERRA RINCON, DEISY DE JESUS GUERRA RINCON, MARIA ISABEL GUERRA RINCON y JESUS JAVIER GUERRA RINCON, en su condición de hijos. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
SEGUNDO: Devuélvanse los originales, previa certificación de los mismos en actas para formar expediente.
TERCERO: Se declara terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo del expediente una vez que conste en actas la entrega de los originales a la solicitante.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese .....