Seguidamente el tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente amparada provisionalmente, la posesión de los querellantes ciudadanos WILLIAN ENRIQUE VARGAS RODRIGUEZ Y RAFAELA COROMOTO MACHADO DE VARGAS sobre un inmueble conformado por unas mejoras y bienhechurias edificada sobre un área de terreno ubicado en el sector conocido como Alto Viento, en jurisdicción del Municipio Altagracia del Municipio Miranda del Estado Zulia; cuyas medidas y linderos son las siguientes: NORTE: Con parcela de terreno propiedad de José Navarro y mide cuarenta y ocho metros (48 mts); SUR: Con parcela de terreno propiedad de Jesús Paz y mide treinta y tres metros con cuarenta centímetros (33,40 MTS); ESTE: Con parcela de terreno propiedad de Tubarca Manzano y mide ciento quince metros con siete centímetros (115,7 mts); y OESTE: Con propiedad que es o fue de Rubén Paz y mide ciento quince metros con siete centímetros (115.....