DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR, la solicitud de Examen y Revisión de Medida interpuesta por la ABOG. ABOG. DORA FIGUERA L. Defensora Privado actuando en representación del acusado ALVARO PEROZO LA CRUZ, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 458 y 277 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano. JEAN CARLOS JOSE VILLARREAL GONZALEZ y EL ESTADO VENEZOANO. . SEGUNDO: Se ordena MANTENER LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del acusado ALVARO PEROZO LA CRUZ, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Pro.....