Por todos los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, PRIMERO: Decreta la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad al ciudadano imputado ENDERSON ENRIQUE URDANETA CHOURIO, Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, nací el 07-09-1.984, tengo 22 años de edad, soltero, obrero, soy titular de la cédula de identidad N° 17.635.149, soy hijo de Rafael Angel Urdaneta Márquez y de Estela Rosa Chourio de Urdaneta, estoy residenciado en el Barrio La Polar, calle 186 con avenida 48ª, casa N° 186-06, Parroquia Domitila Flores, Municipio San Francisco, Maracaibo Estado Zulia, me pueden ubicar por el teléfono de su mamá N° 0416-3334032 y de su hermano de nombre José Maria Urdaneta N° 0416-5686834, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 9, 243, 244 y 247, 256 numerales 3 y 4, 259 y.....