DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION OCCIDENTAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: IMPROCEDENTES la medida de amparo cautelar y las medidas cautelares solicitadas en forma subsidiaria una de la otra por el apoderado recurrente, contra la Resolución Nº DGRHAP-Nº 1622, dictada por el Presidente del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.), el trece (13) de septiembre de 2006, notificado según notificación cartelaria publicada en el Diario Panorama, el 16 de septiembre de 2006, mediante la cual se resolvió remover a su representada del cargo de Jefe de Sección adscrita a la Caja Regional de Occidente, Dirección de Cajas Regionales, Dirección General de Afiliación y Prestaciones en Dinero, identificada con el Nº 00-01225, código de origen 5005-016, unidad administrativa ubicada en la ciudad de Maracaibo, estado Zul.....