En consecuencia, este Tribunal considera que lo precedente y ajustado a derecho, toda vez que es lo que expresamente ha solicitado en su escrito la Fiscalía Superior, es establecer a favor de la Ciudadana IRIS NELLY SALAZAR MERCHAN y su grupo familiar, una medida de protección que consistirá en lo siguiente:
PRIMERO: Preservar o mantener bajo reserva la dirección que actualmente ocupa la denunciante y la identidad de ella y de sus hijos. SEGUNDO: Que sea prohibido a los familiares del occiso JOSE MATA, es decir a JULIA DELPINO, RAQUEL DEL PINO, CARLOS HERNAN DELPINO ALFONZO y JOSUE LEANDRO MARTINEZ, acercarse a IRIS NELLY SALAZAR MERCHAN y su grupo familiar inclusive en la vía pública.
Como consecuencia de lo aquí decidido, se acuerda oficiar al Director del Instituto Autónomo Policía Municipal de Mariño POLIMARIÑO, con sede en Porlamar, a los fines de que presten todo su colaboración para garantizar el fiel cumplimiento de dicha medida de protección, p.....