-III-
DISPOSITIVO
Por lo expuesto, este TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA S.A., en contra de la decisión dictada en fecha treinta (30) de mayo de 2016 por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión apelada. TERCERO: NO SE CONDENA EN COSTAS, a la parte Tercero interesado recurrente dada la naturaleza del fallo.
La presente decisión fue dictada en el lapso legal correspondiente.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.-
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del.....