Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos VICTOR MANUEL CADENAS MARQUEZ Y NORMA TERESA CARLY DE CADENAS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.369.213 y V-4.332.486 , respectivamente, domiciliados en Jurisdicción del Municipio Colón del Estado Zulia, en fecha Veintinueve (29) de Agosto del Año Mil Novecientos Noventa y Ochenta y Siete ( 29-05-1.987) por ante la Prefecto del Municipio San Carlos de Zulia, Distrito Colón, Estado Zulia, hoy Registro Civil Parroquia Santa Bárbara, Municipio Colón, Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el Nº 125, acompañada a los autos en c.....