En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos, formulada por los ciudadanos ANTONIO RAMON LUNAR ROBLES y JHAMNIR NAIVY GUZMAN CUMANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 11.010.988 y 14.277.158 respectivamente, asistidos del abogado en ejercicio Cesar Quijada, inpreabogado número 109.937, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 22.12.2010 ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, según consta de acta número 242 del Libro de Registro Civil de Matr.....