-IV-
DISPOSITIVO
Por lo expuesto, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, administrando justicia por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Que es COMPETENTE, este Tribunal Superior, para conocer de la regulación de competencia planteada por la parte demandada en la causa principal en contra de la decisión dictada por el Juzgado del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 17 de septiembre de 2001. SEGUNDO: Que la COMPETENCIA, para conocer de la presente causa, le corresponde al Juzgado del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en consecuencia se confirma la decisión de fecha 17 de septiembre de 2001. TERCERO: Remítanse las presentes actuaciones junto con oficio al Juzgado del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en consecuencia se confirma la decisión de fecha 17.....