PRIMERO: SIN LUGAR la oposición interpuesta por la parte demandada, DISTRIBUIDORA M.M.N. EL GALPON AZUL C.A. (antes denominada DISTRIBUIDORA M.M.N. C.A.) y los ciudadanos ALEX LOUIS IRAUSQUIN DE WIT y ANA MARIA CURIEL DE IRAUSQUIN ya identificados, en contra del decreto intimatorio dictado por este Tribunal en fecha 23.04.2004.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), incoada por la sociedad mercantil BANCO CONFEDERADO S.A. en contra de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA M.M.N. EL GALPON AZUL C.A. y los ciudadanos ALEX LOUIS IRAUSQUIN DE WIT y ANA MARIA CURIEL DE IRAUSQUIN. En consecuencia, con base a lo previsto en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, se dispone que el decreto de intimación cursante al folio 34 de esta pieza principal, adquirió autoridad de cosa juzgada, debiendo la parte accionada, la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA M.M.N. EL GALPON AZUL C.A. y los ciudadanos ALEX LOUIS IRAUSQUIN DE WIT y ANA MARIA CURIEL DE IRAUSQUIN., pagar.....