DECISIÓN
Esta Tribunal Tercero de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, dictada en fecha 13 de julio de 2003, por el Tribunal Segundo de Control, en contra de los ciudadanos acusados CÉSAR AUGUSTO MONSALVE DERCY, NELSON RAFAEL RANGEL SALAZAR y SIMÓN VICENTE HERRERA TORRES, por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en el artículo 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, por no haber variado las condiciones en que se decretó respecto a la magnitud del daño causado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 251 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes.
Regístrese, déjese constancia en el libro diario.
LA JUEZ TERCERO DE JUICIO,
DRA. VIRGINIA BERBÍN OBANDO
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