éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada apelante, empresa CIRSA CARIBE, C.A., a través de su apoderado judicial, abogada en ejercicio Loida Marcano. SEGUNDO: Se confirma la decisión publicada en fecha (3) de Noviembre de 2010 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, modificando en cuanto al calculo de los intereses moratorios, ya que los mismos deberán calcularse desde la fecha de terminación de la relación laboral hasta que quede definitivamente firme la sentencia. TERCERO: No hay expresa condenatoria en costas dada la naturaleza del caso. Remítase la presente causa al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.