DISPOSITIVA:
En mérito de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control Nº 6 Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO: DECLARA PROCEDENTE, la solicitud hecha por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Lara, de decretar MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE DESALOJO O DESOCUPACION DEL INMUEBLE constituido por un por un terreno ubicado al margen derecho de la carretera vieja que conduce de Barquisimeto a Yaritagua en los terrenos de lo que antes se denominaba Posesión La Rinconada, Parroquia Santa Rosa, Jurisdicción del Municipio Iribarren, dentro de los siguientes linderos: NACIENTE: En línea de DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y OCHO METROS (289,98 mts) con parte de la parcela del vendedor JOSE LAUREANO MUJICA, que se reserva dada en pago en esta misma fecha a.....